viernes, 30 de agosto de 2019

Resumen

La educación Panameña, tiene mucho por hacer; considero que de esto su mayoría consiste en supervisión y cumplimiento.

Las instituciones o empresas, constan de un equipo o grupo de administradores, gerentes; ellos son los encargados de velar por el cumplimiento y mejor manejo del equipo de colaboradores, que el trabajo se realice y la empresa sea productiva y crezca.

Los colegios particulares, a quienes señalamos mucho, de hecho se les pone como ejemplo; tienen desde un equipo de personas que han aportado montos, y por tanto tienen una participación en las ganancias; otros obedecen a una orden o congregación religiosa a la cual deben responder y garantizar resultados positivos del estudiantado.

Los colegios oficiales, no son tan distintos; la variante es que la estructura organizacional de ellos es más grande, dependen de un ministro y ésta persona cambia cada cierto periodo de tiempo, en ocasiones con nuevas reglas; pero y es que esto también sucede en la empresa privada. ¿cual es la causa que los colegios oficiales vayan a otro ritmo? ¿es que falta más supervisión? ¿en que fallamos? ¿quien está fallando, serán los padres, los docentes, administrativos?

Creo fielmente que las personas y los sentimientos van juntos, no es sencillo separarles; por tanto es importante, cada cierto tiempo se den charlas, se inviten a conservatorios y otras actividades que trabajen la parte emocional de quienes están a cargo de formar los profesionales del futuro.

Pienso que los padres, tenemos una grandísima responsabilidad, que los docentes trabajan hombro a hombro, en distintos lugares por el crecimiento y mejora de los alumnos, pero ¿en que fallamos? ¿a qué se debe los fracasos, la deserción? Será culpa de los presidentes, que no asignan suficiente presupuesto, o probablemente los alumnos que no cuida... la respuesta nadie la tiene, el problema es de todos.

Pienso que como personas, adultas, profesionales debemos automotivarnos, debemos confiar, no dejar de repetir e insistir a los alumnos, compañeros (docentes) y padres de familia, que lo que se haga hoy, es nuestro futuro, lo que dejemos de hacer, será lo que nos permita superarnos o estancarnos.

Los gobiernos están obligados a velar por mejores oportunidades, oportunidades iguales; nosotros (sociedad civil) estamos obligados a exigir transparencia, honestidad, que cumplan su trabajo, cuiden lo que les hemos entregado y hagan prosperar las instituciones, porque el servidor público no es más que un empleado que todos pagamos.

Ansío ver mejores oportunidades no solo en educación, en seguridad, en salud; para que suceda, debemos no solo exigir ni ser vigilantes, debemos participar, atrevernos a ser agentes de cambio dando el ejemplo; porque señalar es fácil, juzgar y decir que esta mal es nuestro derecho; pero ¿que hacemos para mejorar?

SANCIONES A DOCENTES Y ADMINISTRATIVOS DE LA RAMA EDUCATIVA – DECRETO 618






Decreto 100: Los Deberes y Derechos del Docente Panameño

Decreto 100: Los Deberes y Derechos del Docente Panameño

ARTÍCULO TREINTA Y UNO: Son deberes de los profesores regulares:
  • Dar a los estudiantes, dentro y fuera del plantel, constante ejemplo de moralidad, civismo, amor patrio, espíritu de trabajo y cooperación.
  • Representar a sus alumnos aconsejados ante el personal Docente y Administrativo del platel, principalmente ante los profesores de éstos.
  • Comunicarse con los padres de familia tan frecuentemente como sea posible para discutir los problemas de la educación de los alumnos de su grupo.
  • Arreglar el horario especial de cada alumno y firmar sus horarios.
  • Mantenerse en estrecho contacto con los demás profesores de los alumnos de su grupo, para estar enterados de la marca de éstos en sus clases asó como de la conducta que observan en ellas y en el plantel.
  • Informarse debidamente acerca de los estudios, profesionales u oficios a que se podrán dedica los alumnos e investigar, por los medios a su alcance, las aptitudes, capacidades, limitaciones y condiciones ambientales de ellos para ofrecerles la mejor orientación profesional posible.

ARTÍCULO TREINTA Y SEIS: Son funciones de los maestros regulares:

  • Aplicar los Programas de Educación Primaria en tal forma que se logren los Propósitos de la Educación Panameña.
  • Colaborar con el Ministerio de Educación, la Inspección Provincial de Educación y la Dirección del Plantel a fin de realizar con éxito la política educativa del Estado y los planes de acción correspondientes.
  • Estudiar al niño y a la comunidad con el objeto de orientar la enseñanza en armonía con los intereses y las necesidades de sus alumnos y las condiciones de vida de la comunidad.
  • Promover la colaboración entre los alumnos, los padres de familia la comunidad con el objeto de hacer más funcional y practica la gestión docente.
  • Colaborar con el Director del platel en las comisiones en las cuales se les incluyan, orientadas hacia la buena marcha de la escuela.
  • Participar en la determinación de las normas de evaluación del Progreso de los alumnos y en las referentes a la apreciación de su propia labor.
  • Ayudar en la labor de guiar a los alumnos para que éstos determinen sus propias normas de conducta.
  • Preocuparse constantemente por la corrección en el uso del lenguaje y por la formación de buenos hábitos de conducta y puntualidad.
  • Remitir a la dirección del plantel, con puntualidad y exactitud, los datos estadísticos y demás informes oficiales.
  • Rodear a los alumnos de las mejores oportunidades posibles para que aprendan a estudiar.
  • Servir de agentes sanitarios ad-honorem en la comunidad, según las instrucciones conjuntas del Ministerio de Educación y el Departamento de Salud Pública.
  • Utilizar, al máximo posible, los recursos naturales y sociales de cada medio, como valiosos auxiliares del proceso educativo.
  • Colaborar con los maestros especiales en todo lo que redunde en beneficio de la educación de los alumnos.

ARTÍCULO TREINTA Y SIETE: Son funciones de los maestros especiales:

  • Cumplir las obligaciones de los maestros regulares, establecidas en el Artículo anterior, con las adaptaciones propias a la naturaleza de sus especialidades.
  • Colaborar con los maestros regulares en todo lo que redunde en bien de la educación de los alumnos.
  • Tomar a su cargo las actividades que dentro de los planes y programas que ofrezca la escuela tengan relación con su especialidad.

ARTÍCULO CUARENTA: Es prohibido a los maestros y profesores y a los directores de escuelas primarias y secundarias:

  • Imponer a los escolares castigos corporales o afrentosos y usar palaras injuriosas o indelicadas al reprenderlos.
  • Poner, sin autorización del Ministerio, sustitutos para el desempeño de sus labores.
  • Concurrir en cuerpo con los alumnos y obligarlos directa o indirectamente, a que ellos concurran a fiestas o a actos no autorizados por el Ministerios.
  • Levantar o proponer, sin autorización u orden superior, suscripciones entre los alumnos y excitarlos a firmar peticiones o manifestaciones de cualquier género.
  • Exigir a los alumnos que lleven trajes uniformes fuera de los reglamentarios, cualquiera que sea el acto a que asistan ni dirigirles insinuaciones tendientes a ese fin.
  • Aprovechar del servicio personal de los alumnos para asuntos ajenos a la escuela. La remuneración pecuniaria por el servicio prestado no excusará la falta.


Niveles jerárquicos de la Institución, marco legal y aspectos teóricos y prácticos de la educación del sub sistema regular y no regular


La alfabetización escolar, ¿Como docentes estamos haciendo lo que nos corresponde?



Las leyes están creadas para regular y establecer normas a la sociedad; educativamente hablando, son creadas para mejorar la calidad educativa permitiendo a las personas tener iguales oportunidades, fundamentada en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes.


El educador tiene que:
Ø  ser sensible
Ø  tener gusto
Ø  entender el arte (estético) como valor esencial ético, respeta los límites de la persona / miedos
Encontrar el camino para romper el silencio, escuchar al docente / escuchar al grupo; el primero no tiene sentido sin el segundo.
“Como todo buen artista, el educador debe rehacer, redibujar el mundo”

La pedagogía es aplicada a niños y adolescentes, utiliza métodos didácticos para el proceso de aprendizaje, en los que el estudiante es más receptor que participante.  La educación es formal.





Andragogía

Se refiere al arte y ciencia de apoyar al adulto en el aprendizaje.

Algunas características de la andragogía son:
Ø  el adulto se encuentra motivado y propenso para el estudio
Ø  trabaja con sus conocimientos y experiencias en el aprendizaje con otros
Ø  funcionan basados en principios propios
Ø  son prácticos
Ø  trabajan con material relevante
Ø  exigen respeto
Ø  se adecua la manera de enseñanza, a través de diversas modalidades

El subsistema regular, acoge la educación formal, desarrollada para la población escolar menor de edad con participación del núcleo familiar. En ella se atiende también a la población que requiere educación especial; toda persona que cumpla mayoría de edad y aún no culmine estudios, pasará al subsistema no regular.


El subsistema no regular contempla modalidades formales y no formales, dicha educación contribuye al mejoramiento y superación de la vida social y personal del ser humano, de sus intereses ocupacionales y oportunidades de estudio a nivel superior, mediante acciones específicas, según las características de los estudiantes no incluidos en el ámbito de la educación regular. El Ministerio de Educación es la entidad encargada de coordinar, orientar y supervisar las acciones educativas que se desarrollen en el subsistema no regular, tanto en los centros oficiales como particulares, con el propósito de establecer la articulación apropiada entre el subsistema regular y no regular en lo académico y en lo administrativo.
La educación de jóvenes y adultos, se refiere a las distintas acciones educativas que se desarrollan en distintos niveles, modalidades, formas de aprendizajes y que orientan al logro de los propósitos dentro de la sociedad. Esta educación se ofrece a la población mayor de quince (15) años que no ha tenido la oportunidad de acceder a los servicios educativos de la educación del subsistema regular y en la que inició y no concluyó. Esta educación responde al concepto de educación permanente con el fin de propiciar el logro de la autogestión del joven y adulto apara su realización integral y, por ende, del desarrollo nacional.

La organización y la metodología de la educación de jóvenes y adultos se basa fundamentalmente en el auto aprendizaje, atendiendo a los enfoques de la ciencia andragógica. Se aplicará la enseñanza presencial y a distancia, en forma directa en los planteles, o mediante la libre escolaridad o con el uso de técnicas de comunicación social, sistemas combinados de varios medios y otros procedimientos que en efecto autorice el Ministerio de Educación.

El primer nivel de enseñanza de la educación de adultos inicia con la alfabetización de las personas que la requieren. Su objetivo es el dominio de la lectura, escritura, expresión oral y fundamentos de aritmética, también ofrece cursos de capacitación laboral de corta duración, que le permitan a la persona mejorar su nivel de vida y continuar los estudios académicos correspondientes al primer nivel de enseñanza.

La educación premedia de educación de adultos permitirá profundizar la formación integral del estudiante, la cual se orientará fundamentalmente dentro de una educación general con carácter exploratorio, atendiendo la capacidad, intereses y necesidades personales y profesionales. La culminación de esta etapa permitirá proseguir estudios secundarios.

Las personas que aprueben el plan de estudio de alfabetización, educación primaria y premedia, reciben un certificado de terminación de estudio del primer nivel de enseñanza; para cualquiera de los niveles y modalidades de educación de jóvenes y adultos, el Ministerio de Educación podrá establecer un sistema de certificación por competencia y madurez. El Estado promoverá en los centros penitenciarios programas educativos que contribuyan a la resocialización de las personas internas en estas instituciones, para que tengan acceso a los servicios de educación de jóvenes y adultos.

Una vez definido, aclarado y establecido las competencias, responsabilidades y aspectos legales de los sistemas regular y no regular, debo


La alfabetización escolar, ¿Como docentes estamos haciendo lo que nos corresponde?
·         hacer énfasis en la educación primaria y en el subsistema no regular hacer énfasis en alfabetización, premedia y media.
·         integración de aspectos teóricos y prácticos (ejemplos concretos) y la manifestación de experiencias personales como estudiantes.





Fines y legislación del sistema educativo Panameño



Organización del sistema educativo nacional, Panameño

Introducción

Para entender bien, es necesario conocer los términos / palabras que estaremos viendo.
A continuación comparto un glosario
Glosario

  1. Educación: instrucción por medio de la acción docente. Desarrollar o perfeccionar las facultades intelectuales y morales del niño o del joven por medio de preceptos, ejercicios, ejemplos, etc.
  2. Albedrio: voluntad no gobernada por la razón, sino por el apetito, antojo o capricho.
  3. Imposición: exigencia desmedida con que se trata de obligar a alguien.
  4. Reglamento: colección ordenada de reglas o preceptos, que por la autoridad competente se da para la ejecución de una ley o para el régimen de una corporación una dependencia o un servicio.
  5. Orientación: dar a alguien información o consejo en relación con un determinado fin.
  6. Enseñanza: sistema y método de dar instrucción. Conjunto de conocimientos, principios, ideas, etc., que se enseña a alguien.
  7. Educación básica general: responde a un conecto amplio de cultura, tanto en el aspecto científico como humanístico; y es básica porque proporciona formación esencial para todo ser humano.
  8. Educación preescolar: su objeto es estimular en el educando el crecimiento y desarrollo de sus capacidades físicas, emocionales y mentales, y es impartida a los menores de 6 años.
  9. Educación primaria: favorece y dirige el desarrollo integral del educando, continúa orientando la formación de la personalidad.
  10. Educación premedia: profundiza la formación integral del educando, con un amplio periodo de exploración y orientación vocacional de sus intereses y capacidades.
  11. Educación media: continua la formación cultural y ofrece una formación sólida en opciones específicas, a efecto de preparar al educando en el trabajo productivo, que le facilite su ingreso al campo laboral y continuar estudios superiores.
  12. Enseñanza general: es aquella que forma al estudiante para estudios posteriores, en las modalidades de ciencias, letras e informática.
  13. Enseñanza pedagógica: prepara a los alumnos para el ejercicio de la profesión docente en la educación primaria. Es indispensable para su ingreso poseer diploma de primer ciclo.
  14. Enseñanza profesional y técnica: prepara para el ejercicio de un oficio o profesión distinta a la docente, tiene una duración de 2 años de preparación, para su ingreso es necesario haber culminado estudios primarios.
  15. Educación superior: nivel de educación impartido en universidades, para su ingreso es obligatorio haber culminado educación media; ofrece una enseñanza cuya misión es ofrecer disciplina en el pensamiento, organización en el estudio para profesiones, cultivar la aptitud de infestación científica y ser centro de difusión de la cultura.